El Jurado de Enjuiciamiento destituyó a la Jueza Laura Buyatti

El Jurado de Enjuiciamiento se pronunció por unanimidad este martes a favor de la destitución de la jueza de Niñez Adolescencia y Familia N.º 1 de Villa Ángela Laura Buyatti.

La Jueza Buyatti fue sometida a jury de enjuiciamiento imputada por los delitos de amenazas agravadas y abuso de poder de autoridad en concurso ideal y también por la falta de no guardar una conducta compatible con la dignidad que el poder judicial impone, conforme a los dispuesto por los artículos 7 inciso e y 8 inciso f, de conformidad a lo previsto en el artículo 9 inciso b, todo de la Ley 33_B, en función del artículo (154 de la Constitución provincial) a partir del intercambio de llamadas telefónicas y audios que mantuvo con el albañil Marcelo Acosta  el 21 de diciembre del 2022.

Durante la Audiencia de alegatos el Procurador General Dr. Jorge Omar Canteros solicitó la destitución de la magistrada Por su parte el abogado defensor Dr.  Armando Aquino Britos pidió al Jurado que absuelva a la magistrada y la reponga en su cargo del cual ha sido suspendida, tras plantear la nulidad de la información sumaria que es la base de la acusación por supuesta violación de las garantías constitucionales, entre otros planteos.

Esta tarde, estuvieron presentes el Procurador General  Dr. Jorge Omar Canteros, el Procurador Adjunto Dr. Miguel Fonteina, la Jueza destituida Laura Buyatti junto a sus defensores.

 La secretaria del Jurado de Enjuiciamiento Dra. María Inés Martina dio lectura al veredicto de la sentencia. Luego se les entregó copias de la sentencia a las partes.
El Consejo de la Magistratura dispondrá la publicación de la misma en su página web www.conmagchaco.gov.ar

El jurado de Enjuiciamiento está conformado por Dr. Héctor Daniel Zalazar (presidente), Dra. Íride Isabel María Grillo, Dra. Gloria Beatriz Zalazar, Dra. Ana Mariela Kassor, Dra. Jessica Yanina Ayala, Dr. Edgardo Gabriel Reguera y Dr. Carim Antonio Peche.

El resuelve de la sentencia establece:

I.- DESESTIMAR los planteos nulificatorios y defensas concretados por la acusada y sus letrados en la contestación del traslado del art. 13 de la Ley 33-B como asimismo, en el transcurso del Juicio Oral, por las razones expuestas al inicio de la Primera Cuestión.

II.- DECLARAR a la señora Jueza del Juzgado de Niñez, Adolescencia y Familia N° 1 de la Tercera Circunscripción Judicial, con sede en la ciudad de Villa Ángela, Dra. Laura Verónica Buyatti, CULPABLE de los hechos imputados, calificados como: falta, prevista en el artículo 8, inciso f), de la Ley 33-B, que contempla la “conducta incompatible con la dignidad que el estado judicial impone”, bajo el marco del estándar de “mal desempeño”; ambas calificaciones en concordancia con los artículos 154 y 170 de la Constitución de la Provincia del Chaco (1957-1994).

III.- DESTITUIR a la Dra. Laura Verónica Buyatti del cargo de Jueza del Juzgado de Niñez, Adolescencia y Familia N° 1 de la Tercera Circunscripción Judicial, con sede en la ciudad de Villa Ángela (artículo 6, inciso d) – Ley Nº 33-B).

IV.- IMPONER las costas a la acusada (art. 24, inc. g) y art. 6, Inc. e) de la Ley Nº 33-B).

V.- COMUNICAR al Superior Tribunal de Justicia, a sus efectos.

VI.- Regístrese. Notifíquese y líbrense las comunicaciones pertinentes.

La sentencia se encuentra disponible en esta página web, a través del siguiente enlace:
https://bit.ly/44EhYN9

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